miércoles, 17 de marzo de 2021

Capitulo II de el normograma del SENA

 ARTICULO 7o:

Consiste en el derecho del aprendiz a ser libre sin importar su etnia, religión, color de piel, etc. Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y al libre desarrollo de la personalidad, garantizando su desarrollo armónico e integral.

Doctrina Concordante:

Son derechos del Aprendiz del SENA durante el proceso de aprendizaje:

1) Recibir formación profesional integral, acorde con el programa a desarrollar, y al crecimiento y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.

2) Al iniciar el proceso de formación recibir información sobre la formación profesional integral, el funcionamiento del SENA, de la regional y centro, la proyección socioeconómica del oficio de su interés, la gestión tecnológica, el conocimiento del entorno, los procesos de aprendizaje y conocer el reglamento de aprendices del SENA y toda la regulación frente a sus derechos y deberes, también su participación dentro de la comunidad educativa.

3) Disponer del material didáctico y tecnológico necesario. Si es un curso virtual se dispondrá a través del ambiente los recursos necesarios para el desarrollo.

4) Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del Sena.

5) Disfrutar de los beneficios de bienestar al Aprendiz Sena, orientados a garantizar la formación integral, conforme a la normatividad que rija este tema en el Sena.

6) Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitudinal que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social.

7) Respetar el derecho al debido proceso en caso de ser investigado con observancia de las normas establecidas en este reglamento.

8) Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, instructores y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación.

9. Exigir alto nivel académico, estrategias basadas en el desarrollo del conocimiento y participar mejorando a través de los procesos de evaluación.

10. Recibir la certificación que le corresponda, una vez aprobado en forma satisfactoria el programa de formación

11. Ser evaluado integralmente, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como sanción, suspensión o cancelación de la matrícula.

12. Solicitar, de manera respetuosa, la revisión o quejas de las evaluaciones correspondientes.

13. Recibir información acerca de las diferentes opciones para desarrollar la etapa productiva, los derechos y obligaciones para el desarrollo de la misma.

14. Recibir, por parte del Centro de Formación, asesoría académica durante el proceso de formación.

15. Recibir buen trato por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

16. Expresar con libertad su pensamiento, aceptando también las opiniones de los demás 

17. Recibir los elementos de seguridad correspondientes, para la protección de su integridad, en los ambientes de formación del Sena o de otras entidades en las que su uso sea necesario. Los aprendices de construcción, reciben la dotación que el Sena les proporciona por intermedio del Fondo de la Industria de la Construcción
ARTICULO 8o ESTÍMULOS E INCENTIVOS:
Son beneficios y distinciones que se otorgan a los aprendices, como un reconocimiento o valoración de logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.


Los estímulos e incentivos hacen parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices y de aquellos que mediante alianzas o convenios, adopten para beneficio de estos aprendices, los cuales son :

a) Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje.

b) Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.

c) Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.

d) Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del Sena, si así lo desea.

e) Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del aprendiz y empresa patrocinadora.

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